viernes, 12 de junio de 2015

¿Qué es la propiedad para el Nacional-Sindicalismo?



La propiedad privada es uno de los pilares básicos de nuestro sistema. Antes de entrar en el concepto en sí, se necesita aclarar que propiedad privada es lo contrario que el capitalismo en cualquiera de sus versiones, que dirige la economía de las naciones al poseer el dominio los medios de producción. En este caso como en otros que iremos viendo, lo esencial estriba en situar lo esencial de nuestro pensamiento en la época actual.

La riqueza y las actividades económicas tienen como primer destino mejorar las condiciones de vida de cuantos integran el pueblo. Todo intento de utilizarlas en un principio a favor de intereses mezquinos o parciales deberá ser atacado sin contemplaciones. La economía debe contribuir a la dignificación de las personas y no ser instrumento de degradación y envilecimiento. El disfrute y desarrollo armónico de la riqueza nacional, exigen la difusión equitativa y racional de los recursos, compensando las deficiencias que las distintas regiones pueden tener en determinados sectores.

Hay que conferir a la persona humana, en virtud de su dignidad y de su trabajo la primacía en el sistema económico. Por supuesto que el hombre es el eje del sistema. El hombre racional alejado de las concepciones marxistas y liberales sobre el mismo. La propiedad privada debe ser en esencia la proyección y poder directos del hombre sobre las cosas, fundados en su trabajo y en el cumplimiento o satisfacción de una función personal y legítima. Esa sería la propiedad individual totalmente lícita. El hombre debe percibir sus retribuciones en relación directa a sus actitudes y aptitudes con el trabajo que desarrolla.

Por lo general, en el supuesto de que varios individuos proyecten conjuntamente sus personalidades sobre una cosa, utilizándola de modo regular para su común servicio o provecho, la propiedad privada debe corresponderles mancomunadamente a todos ellos. Tal es el caso de la familia, respecto a la vivienda y a los bienes domésticos y de los trabajadores de una misma empresa, respecto a los medios de producción. Manteniendo el criterio de la importancia o capacidad de su aportación.
La propiedad privada es un atributo elemental humano, garantía de la libertad personal y medio para satisfacer las necesidades y aspiraciones particulares de una vida digna en armonía con la comunidad.

El capitalismo es contrario a la propiedad privada, a la que ataca en su esencia. El capitalismo liberal, motivado por el individualismo egoísta, niega de hecho la propiedad a la mayoría en provecho de unos pocos; el capitalismo estatal fundado en la anulación de la personalidad, niega la propiedad a todos.

El dominio sobre las cosas sólo se justifica por la legitimidad de la función o destino en que se emplean. Las formas de propiedad de los bienes deben ajustarse a las funciones a que estén dedicados preferentemente.

Los bienes de uso y consumo particular habrán de ser propiedad de quienes debidamente los adquieran y utilicen; los bienes de producción de quienes los trabajan; los bienes de uso público de la comunidad popular a que estén destinados; las invenciones científicas y técnicas y las creaciones artísticas, deben ser propiedad de sus autores, y su utilidad y disfrute compartidos con ellos, por quienes los hagan fructificar y por la comunidad que ha de beneficiarse de las mismas.

Como formas de propiedad enunciamos: la individual, la familiar, la sindical (de comunidades laborales, cooperativas y entidades sindicales), la comunal (de entidades territoriales), y la nacional (de todo el pueblo español). La propiedad debe tener los límites y servidumbres requeridos por el bien común, la utilidad social y la necesidad del prójimo.El trabajo es el supremo título, tanto para la adquisición de la propiedad privada, como para la participación en las ventajas y responsabilidades de la actividad económica y el bienestar material.

No es tolerable, que el trabajo humano –manual o intelectual–, sea objeto negociable, como una mercancía, sometido a las puras reglas de la contratación comercial, en el que el mas fuerte gana; ni que la dignidad del hombre se ponga en juego en las maniobras económicas. Bajo ningún pretexto de progreso técnico, productividad o rentabilidad es admisible que al trabajador –sea cual fuere su profesión o categoría– se le convierta en una pieza deshumanizada, maquinal o irresponsable, sin iniciativa y sin intervención eficiente en las promociones, destinos, inquietudes y resultados del sistema económico, su profesión y su empresa.

La plusvalía de la producción debe corresponder al factor trabajo. Aquí se origina el gran problema a resolver. Estamos y vivimos en un sistema capitalista en donde cada cual aporta a la empresa su parte alícuota humana o material. El capital, ha empleado sus medios económicos en la adquisición de los medios necesarios para la producción. En tanto que el factor humano es el que transforma y revaloriza.

Entendemos que en principio se podría empezar por una cogestión. El aportador de su ahorro legítimo o inversor en empresas, en cuanto tal, solamente ha de tener derecho a la amortización y al cobro de un interés módico en razón de su aportación. Pero desde luego los capitales injustamente acumulados deben ser expropiados sin contemplaciones a sus detentadores.

El capital, en cuanto instrumento para el logro de la producción de bienes y servicios, debe pertenecer a los trabajadores mismos que lo utilizan.

Los medios de producción deben ser regidos y disfrutados por la comunidad laboral que los trabaja, integrada en su respectivo sindicato. Así pues, a la comunidad laboral, –formada por la unión de todos los que aportan su trabajo personal compartiendo un mismo destino– ha de corresponder la propiedad, el poder, el provecho y el gobierno de la empresa y no a quienes simplemente aportan capital (los inversores), ya que ese tiene un valor instrumental al servicio del trabajo, que es la función humana inminente, creativa y con valor espiritual.

No es admisible, que se arrogue el Estado la propiedad de empresas que no prestan servicios de carácter necesario o la producción de bienes básicos para el funcionamiento de la economía de la nación; deben pertenecer al pueblo y en consecuencia, habrán de ser propiedad popularizada sindical, comunal o nacional, o en todo caso con participación de los trabajadores mismos en su gestión. Ni el capital, ni la técnica, ni bien económico alguno debe ser instrumento de ventaja y privilegio de unos para dominar a los demás.

Por Pedro Cantero

Fuente: Patria Sindicalista

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